UGT Canarias insta a las personas jubiladas en las Islas a reclamar las cantidades que se les adeuda como consecuencia de la aplicación del coficiente de parcialidad

DERECHOS PENSIONISTASUGT Canarias se suma a la campaña nacional, que bajo el nombre ‘Pensionista reclama. Es de justicia, es tu derecho’, tiene como objetivo movilizar a las personas jubiladas en Canarias, que trabajaron a tiempo parcial y a los que se aplicó  el coeficiente de parcialidad.

Este concepto, que implica una reducción en el cobro de la pensión, fue anulado en sentencia por el Tribunal Constitucional el 3 de julio de 2019. Sin embargo, esta sentencia se queda corta y limita su aplicación solo a las nuevas pensiones, y desde el 12 de agosto de 2019 (fecha de publicación de la sentencia), negando el carácter retroactivo de este derecho, en contra de lo que dicta el Tribunal de Justicia de la UE, en una sentencia anterior y que para este sindicato debe prevalecer.

Es por ello, que desde la UGT Canarias se hace un llamamiento a los jubilados y jubiladas de Canarias, que cotizaron a tiempo parcial y que se ven directamente afectados por la negación al cobro de dichas cantidades con carácter retroactivo. En esta línea, este sindicato pone a disposición de los interesados e interesadas sus servicios jurídicos.

El sindicato exige también que se recalcule la pensión sin el coeficiente de parcialidad para toda la vida del pensionista porque la Seguridad Social no lo va a hacer de oficio.

Casi medio millón de pensionistas pueden verse beneficiados

Según datos oficiales, casi un 23% de personas pensionistas han cotizado en alguna ocasión por trabajar a tiempo parcial y se estima que la sentencia del TC, que solo se aplica a las nuevas pensiones, puede suponer 268 millones de euros por año.

Considerando el carácter retroactivo, que defiende el TJUE y nuestro sindicato, y teniendo en cuenta que según la EPA cada año se jubilan 120.000 personas que han trabajado a tiempo parcial, se estima que pueden ser potenciales beneficiarios de este derecho unos 480.000 pensionistas en 4 años. Pensionistas que tendrían derecho a cobrar lo que han dejado de percibir por el coeficiente de parcialidad y a que se actualicen sus pensiones.

Discriminación de género

 

La sentencia del TC declara nulo, por ser discriminatorio, el coeficiente de parcialidad para el cálculo de la pensión, debido a que las mujeres trabajadoras son mayoría en el empleo a tiempo parcial. La razón de la inconstitucionalidad se vincula a una discriminación indirecta por razón de sexo. Lo que se cuestiona realmente es la brecha de género en pensiones, en este caso, de jubilación, que perjudica a la mujer, más si trabaja a tiempo parcial (una discriminación múltiple).

Sin embargo, la sentencia del TC, no cuestiona la brecha salarial que tanta incidencia tiene también en la brecha de pensiones. Sólo considera inconstitucional la forma de calcular el periodo cotizado, pero no se pronuncia sobre la base reguladora de las pensiones de jubilación de las personas a tiempo parcial, que origina también la reducción de la cuantía de estas pensiones.

 

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